Ordenanza 4205 — O12022-o22023 – Conducción vehiculos electricos

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Texto

Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: [email protected] Punta Alta, 10 de marzo de 2.023 Corresp. Exptes. O-1-2022 y O-2-2023 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A 4205

Artículo 1º:
Prohíbase en todo el Distrito de Coronel Rosales la conducción de cualquier ------------------ vehículo impulsado a motor (térmico o eléctrico) a quien registre un resultado del test de alcoholemia superior a 0 (cero) miligramos de alcohol por litro de sangre. Así también está prohibido conducir a quienes hubiesen consumido medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias de acuerdo a la ley 13927 y sus modificatorias.-
Artículo 2º:
Modifíquese la Ordenanza 1999 en su Artículo 194º el cual quedará redactado de la ---------------- siguiente manera: “Artículo 194º: CONDUCIR CON FACULTADES ALTERADAS: a) El que condujere en estado de alteración psíquica, de ebriedad o bajo la acción de tóxicos o estupefacientes será sancionado con una multa de VEINTE (20) a DOSCIENTOS (200) módulos. b) Se prohibirá conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre un resultado de test de alcoholemia superior a 0 (cero) miligramos de alcohol por litro de sangre aplicándose las sanciones según lo establecido en la Ley 13927 y sus modificatorias”.
Artículo 3º:
Declárase al Distrito de Coronel Rosales como “Distrito de tolerancia Alcohol CERO --------------- al conducir”.
Artículo 4º:
El Departamento Ejecutivo dará amplia difusión sobre la vigencia la presente a los ---------------- efectos de la concientización pública de la misma mediante todos los canales informativos que se encuentren a su alcance.-
Artículo 5º:
Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.- SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.

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