Ordenanza 3826 — GEN12 – Modifica Ordenanza 3799 cuatriciclos
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel/Fax: 02932-429510/11/13/74 - Email: [email protected]
Punta Alta, 24 de Mayo de 2.019
Corresp. Expte. GEN-12/19
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO
ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A 3826
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza 3799, el que quedará redactado de la
----------------- siguiente manera:
“Artículo 2º: HABILITACIONES – A los efectos de dar cumplimiento al Artículo 1º de la
presente Ordenanza, determínense en función del tipo de vehículo y de la localidad que
se trate, distintos corredores de circulación segura en los que podrán transitar los
triciclos motorizados, cuatriciclos livianos, cuatriciclos con los alcances, restricciones y
salvedades contenidas en los artículos siguientes”.
Artículo 2º: Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza 3799, el que quedará redactado de la
---------------- siguiente manera:
“Artículo 3º: CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA 1 – Delimitase como CORREDOR
DE CIRCULACIÓN SEGURA 1, en la localidad de Pehuen Co las calles demarcadas en el
plano adjunto denominado como Anexo I por el que deberán transitar los vehículos
habilitados, denominados de recreo, ocio o deportivos del tipo QUADS y ATV (All
TERRAIN Vehicles – Vehículos todo terreno)”.
Artículo 3º: Incorpórese el Artículo 3º BIS a la Ordenanza 3799, el que quedará redactado de la
---------------- siguiente manera:
“Artículo 3º BIS: CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA 2 – Delimitase como
CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA en la localidad de Pehuen Co la totalidad de las
calles del ejido urbano por el que podrán transitar los vehículos habilitados denominados
familiares o parrilleros del tipo RUV (Recreational Utility Vehicle – Vehículo Utilitario
Recreacional) y los de trabajo del tipo UTV (Utility Task Vehicle – Vehículo Utilitario para
Tareas/Trabajo)”.
Artículo 4º: Modifíquese el Artículo 4º de la Ordenanza 3799, el que quedará redactado de la
---------------- siguiente manera:
“Artículo 4º: CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA 3 – Delimitase como CORREDOR
DE CIRCULACIÓN SEGURA 3, a la totalidad de las calles de la localidad de Villa del Mar
trazadas para la circulación de vehículos exceptuando la Avenida”.
Artículo 5º: Modifíquese el Artículo 5º de la Ordenanza 3799, el que quedará redactado de la
---------------- siguiente manera:
“Artículo 5º: CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA 4 – Delimitase como CORREDOR
DE CIRCULACIÓN SEGURA 4, a los caminos vecinales o rurales de todo el distrito de
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel/Fax: 02932-429510/11/13/74 - Email: [email protected]
Coronel Rosales, que no resulten carreteras provinciales o nacionales y no se encuentren
pavimentados”.
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE
CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.