Ordenanza 3826 — GEN12 – Modifica Ordenanza 3799 cuatriciclos

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Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel/Fax: 02932-429510/11/13/74 - Email: [email protected] Punta Alta, 24 de Mayo de 2.019 Corresp. Expte. GEN-12/19 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE O R D E N A N Z A 3826 Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza 3799, el que quedará redactado de la ----------------- siguiente manera: “Artículo 2º: HABILITACIONES – A los efectos de dar cumplimiento al Artículo 1º de la presente Ordenanza, determínense en función del tipo de vehículo y de la localidad que se trate, distintos corredores de circulación segura en los que podrán transitar los triciclos motorizados, cuatriciclos livianos, cuatriciclos con los alcances, restricciones y salvedades contenidas en los artículos siguientes”. Artículo 2º: Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza 3799, el que quedará redactado de la ---------------- siguiente manera: “Artículo 3º: CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA 1 – Delimitase como CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA 1, en la localidad de Pehuen Co las calles demarcadas en el plano adjunto denominado como Anexo I por el que deberán transitar los vehículos habilitados, denominados de recreo, ocio o deportivos del tipo QUADS y ATV (All TERRAIN Vehicles – Vehículos todo terreno)”. Artículo 3º: Incorpórese el Artículo 3º BIS a la Ordenanza 3799, el que quedará redactado de la ---------------- siguiente manera: “Artículo 3º BIS: CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA 2 – Delimitase como CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA en la localidad de Pehuen Co la totalidad de las calles del ejido urbano por el que podrán transitar los vehículos habilitados denominados familiares o parrilleros del tipo RUV (Recreational Utility Vehicle – Vehículo Utilitario Recreacional) y los de trabajo del tipo UTV (Utility Task Vehicle – Vehículo Utilitario para Tareas/Trabajo)”. Artículo 4º: Modifíquese el Artículo 4º de la Ordenanza 3799, el que quedará redactado de la ---------------- siguiente manera: “Artículo 4º: CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA 3 – Delimitase como CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA 3, a la totalidad de las calles de la localidad de Villa del Mar trazadas para la circulación de vehículos exceptuando la Avenida”. Artículo 5º: Modifíquese el Artículo 5º de la Ordenanza 3799, el que quedará redactado de la ---------------- siguiente manera: “Artículo 5º: CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA 4 – Delimitase como CORREDOR DE CIRCULACIÓN SEGURA 4, a los caminos vecinales o rurales de todo el distrito de Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel/Fax: 02932-429510/11/13/74 - Email: [email protected] Coronel Rosales, que no resulten carreteras provinciales o nacionales y no se encuentren pavimentados”. Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese. SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

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