Ordenanza 4448 — EX-2025-00106406- -MUNICRO-DC#SE – Presupuesto 2026

Ver el PDF oficial en hcdrosales.gob.ar

Texto

Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1945–2025 80º Aniversario de la Autonomía Municipal Rosaleña” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: [email protected] Punta Alta, 30 de diciembre de 2.025 Corresponde Expte. EX-2025-00106406- -MUNICRO-DC#SE EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A 4448 Artículo 1º: La Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales, se regirá durante el año ---------------- 2026 por el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, cuya cuantificación y detalle, se adjunta como Anexo I, documentación que forma parte de la presente Ordenanza. - Artículo 2º: (Texto según Ordenanza 4449) Fíjase en la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($44.468.531.919,76) el Presupuesto General Consolidado de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales para el ejercicio 2026, de acuerdo a los formularios que se adjuntan y que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3º: (Texto según Ordenanza 4449) Estímase en la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($44.468.531.919,76) los recursos destinados a la financiación del Presupuesto General Consolidado correspondiente al ejercicio 2026 de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales. Artículo 4º: (Texto según Ordenanza 4449) Fíjase en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($42.580.898.924,57) el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central que regirá para el ejercicio 2026. Artículo 5º: Fijase en la suma de PESOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE ------------------ MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON DIECINUEVE CENTAVOS ($1.887.632.995,19), el Presupuesto de Erogaciones del Honorable Concejo Deliberante que regirá para el Ejercicio 2026.- Artículo 6º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar Convenios destinados a la ------------------ Consolidación de Obligaciones Municipales conducentes a mantener el equilibrio financiero prescripto por la Ley Nº 11.582, modificatoria de la Ley Orgánica de las Municipalidades y la Ley Nº 13.295 de Responsabilidad Fiscal y a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes. - Artículo 7º: Autorizase al Departamento Ejecutivo al uso transitorio de recursos del Municipio ---------------- con afectación específica, cuando ello fuese necesario para hacer frente a apremios financieros circunstanciales. Dicha autorización no significará cambios de financiación ni de Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1945–2025 80º Aniversario de la Autonomía Municipal Rosaleña” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: [email protected] destino de los recursos y deberá quedar normalizada en el transcurso del ejercicio (Artículo 69º del Decreto 2980/00).- Artículo 8º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a comprometer fondos de más de un ejercicio --------------- en Licitaciones de Obras Públicas, Contratos de Locación de Inmuebles y Licitaciones de adquisición o contratación de Bienes y Servicios. - Artículo 9º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a disponer Ampliaciones en el Cálculo de ------------------ Recursos y en los Créditos Presupuestarios aprobados por la presente Ordenanza y su correspondiente distribución, financiados con superávit de ejercicios anteriores; con el excedente de recaudación del total calculado para el ejercicio en concepto de recursos ordinarios no afectados; con la suma que se calcula percibir en concepto de aumento o creación de tributos; con la mayor participación de la Provincia o Nación comunicadas y no consideradas en el Cálculo de Recursos vigente y que correspondan al ejercicio y con el incremento de los recursos con afectación especifica de cualquier origen que se produzca en el transcurso del año.- Artículo 10º: Los saldos que arrojen al cierre de cada ejercicio las cuentas de recursos con ------------------ afectación serán transferidos al ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo, ampliando correlativamente el Presupuesto de Gastos, reforzando los créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos. En todos los casos se respetará el destino al que deben ser aplicados.- Artículo 11º: Facultase al Departamento Ejecutivo a efectuar ventas de rodados que por su ------------------ depreciación y/o amortización estime prudente realizar, los que deberán ser enajenados por medio del procedimiento establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus normas complementarias.- Artículo 12º: Cargos. Fijase en Novecientos veintiocho (928) el número total de cargos de ------------------ Personal Municipal, discriminados de la siguiente forma: 886 agentes de planta permanente y 42 agentes de agentes de planta temporaria, conforme a la planilla Anexo II, que forma parte de la presente Ordenanza.- Artículo 12 Bis: Cargos políticos: Suspéndase durante el Ejercicio 2026 la ampliación de la ----------------------- planta política por fuera de lo establecido en la presente Ordenanza.- Artículo 13º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a transferir entre las distintas categorías ------------------ programáticas del Presupuesto de Gastos, diferentes cargos, conforme a las necesidades que se requiera para el cumplimiento de cada programa dictando a tal fin el acto administrativo correspondiente.- Artículo 14º: Escala De Sueldos. Apruébese la escala de sueldos del Personal Municipal ------------------ conforme al Anexo III, que forma parte de la presente Ordenanza.- Artículo 15º: Los sueldos de los funcionarios políticos designados por el Intendente Municipal y ----------------- Funcionarios de Ley Orgánica, se regirán por lo establecido en las Ordenanzas Municipales Nº 3893 sus modificatorias y reglamentaciones - Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1945–2025 80º Aniversario de la Autonomía Municipal Rosaleña” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: [email protected] Artículo 16º: Asignaciones Familiares. Fijase las asignaciones familiares para el Personal ------------------- Municipal conforme a los montos y conceptos establecidos por la ley 24.714 sus modificatorias y complementarias.- Artículo 17º: Gastos De Representación. Fijase la compensación por gastos de representación ----------------- para el Intendente Municipal, en la suma de pesos CINCO MIL ($ 5.000).- Artículo 18º: Antigüedad. El personal municipal, incluidos los funcionarios para cuyo -------------------- nombramiento y/o remoción las leyes fijen procedimientos determinados, incluidos el Intendente Municipal, percibirán en concepto de antigüedad un importe equivalente al determinado en el Artículo 91º del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Ordenanza Nº 3561/2016.- Artículo 19º: Incremento de Haberes. Facultase al Departamento Ejecutivo a disponer -------------------- incrementos de haberes y bonificaciones; al Personal Político y de Ley Orgánica, hasta un porcentaje equivalente al otorgado al Personal de planta permanente. - Artículo 20º: Funcionarios para cuyo nombramiento y/ o remoción las leyes fijen procedimientos ----------------- determinados. Para los funcionarios mencionados, Contador Municipal, Jefe de Compras y Tesorero Municipal, rigen bonificaciones previstas en la Ordenanza Nº2.934. Para el Secretario de Juez de Faltas rigen las disposiciones de la Ordenanza Nº3893 y sus modificatorias. - Artículo 21º: Auxiliares de bloque. La remuneración se determina según Ordenanza 3380.- Artículo 22º: Concejales. Por la aplicación del Artículo 92º de la Ley Orgánica de las -------------------- Municipalidades, la dieta de los Concejales se establece en tres veces y media (3,5) el sueldo mínimo fijado por este Presupuesto de Gastos para la categoría inferior del personal administrativo municipal en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, incluyendo las bonificaciones inherentes a dicho cargo que estén sujetas a aportes previsionales.- Artículo 23º: Intendente Municipal. La remuneración del Intendente Municipal se determinará en ----------------- función a lo dispuesto en el Artículo 125º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769/58, estableciéndose su sueldo mensual en catorce (14) veces el sueldo mínimo fijado por este Presupuesto de Gastos para la categoría inferior del personal administrativo municipal, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, incluyendo las bonificaciones inherentes a dicho cargo que estén sujetas a aportes previsionales.- Artículo 24º: Establécele que el Departamento Ejecutivo, procederá a la aplicación en la planta ------------------ permanente del Honorable Concejo Deliberante, de todas aquellas modificaciones salariales otorgadas a la Administración Central.- Artículo 25º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a fijar el valor de la hora Cátedra de acuerdo ------------------ a la Ordenanza Nº 3561/16 del Estatuto de Empleados Municipales– Convenio Colectivo de Trabajo -y normas reglamentarias que estime pertinentes.- Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1945–2025 80º Aniversario de la Autonomía Municipal Rosaleña” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: [email protected] Artículo 26º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a recepcionar e incorporar al patrimonio ------------------- Municipal las donaciones y/o legados de aquellos bienes que, considerados en forma particular, revistan de valor relativo y baja cuantía debiendo luego dar intervención al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación, ello de conformidad con lo previsto por el Artículo 57º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. - Artículo 27°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones ------------------ presupuestarias a las partidas aprobadas, exclusivamente con el objeto de reflejar en el Presupuesto 2.026 las modificaciones en los recursos que se deriven de la aprobación de la Ordenanza Fiscal e Impositiva correspondiente al mismo ejercicio.- Artículo 28°: El Departamento Ejecutivo estará facultado a otorgar un subsidio por un monto ------------------ represente una suma equivalente de hasta al cinco por ciento (5%) de las partidas correspondientes a coparticipación de origen provincial de libre disponibilidad, en caso de que se constante en el periodo presupuestario 2026 de una suba del Coeficiente Unico de Distribución, CUD, asignando al distrito de Coronel Rosales al momento de ser expresado el mismo por la autoridad provincial. El monto equivalente deberá ser informado a esta sede así como la periodicidad del giro del mismo. Su distribución será efectuada proporcionalmente por el Ejecutivo Municipal, en función de las necesidades requeridas por la Asociación Bomberos Voluntarios de Punta Alta y Pehuen Co. Facúltese al Departamento Ejecutivo a reglamentar la forma de instrumentación y pago.- Artículo 29°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.- SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

Ordenanzas relacionadas