Ordenanza 4445 — Pres012025 – Rectifica Donaciones Concejales

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Texto

Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1945–2025 80º Aniversario de la Autonomía Municipal Rosaleña” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: [email protected] Punta Alta, 18 de noviembre de 2.025 Corresponde Expte. Pres-01-2025 Alc.1 VISTO La Ordenanza Nº 4.421 mediante la cual se aceptó una donación a favor de la Municipalidad de Coronel Rosales; y CONSIDERANDO Que se ha advertido un error material en el monto consignado en el Artículo 1º de la Ordenanza mencionada, el cual corresponde ser rectificado a fin de reflejar correctamente la suma efectivamente donada; Que la rectificación propiciada no altera el objeto, alcance ni finalidad de la Ordenanza original, limitándose exclusivamente a la corrección del monto consignado, tratándose de una donación que se agota con dicho acto; Que corresponde, por las razones de claridad normativa y correcta registración administrativa y contable, dictar la presente Ordenanza rectificatoria; EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A

Artículo 1º:
Aceptase y convalídese formalmente, en los respectivos recibos de haberes, en --------------- los términos de los Artículos 57º y ccs. De la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/58), la donación efectuada por los concejales Liliana García, Andrea Vogel, Jorge Torres, Nicolás Aramayo, Pablo Gómez, Josefina Aguilera, Natalia García Luna y el Secretario Legislativo Pablo Zaragoza, la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS ($3.194.166,83), que serán imputados a la partida presupuestaria de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Coronel Rosales con afectación a reparaciones o mantenimiento edilicio que requiera el Concejo Deliberante.-
Artículo 2º:
En base a las modificaciones del Artículo 1º de la Ordenanza Nº 4.421, ----------------- rectifíquese el Anexo I, quedando de la siguiente manera: Apellido y Nombre DNI Marzo 2025 Mayo 2025 Total Aramayo Nicolás Santiago 31.367.746 $143.477,00 $279.064,53 $422.541,53 Torres Jorge 8.429.675 $129.385,51 $248.788,85 $378.174,36 Vogel Andrea 18.195.664 $143.477,00 $268.908,68 $412.385,68 García Liliana 14.827.849 $137.071,77 $259.763,30 $396.835,07 Gómez Pablo Ariel 30.506.238 $129.385,51 $248.788,85 $378.174,36 Aguilera Josefina 16.667.944 $129.385,51 $248.788,85 $378.174,36 García Luna Natalia 23.489.337 $151.163,27 $279.883,13 $431.046,40 Zaragoza Pablo Daniel 32.717.679 $137.071,77 $259.763,30 $396.835,07 $3.194.166,83 Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1945–2025 80º Aniversario de la Autonomía Municipal Rosaleña” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: [email protected]
Artículo 3°:
Visto y considerandos forman parte de la presente.-
Artículo 4°:
Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.- SANCIONADA AD REFERENDUM DE LA PRÓXIMA SESIÓN POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

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