Ordenanza 4390 — I232025 – Leasing camion compactador
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
“1945 - 2025 - 80° Aniversario de la Autonomía
Municipal Rosaleña”
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel: 02932-429511 - Email: [email protected]
Punta Alta, 28 de marzo de 2.025
Corresponde Expte. I-23-2025
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A 4390
Artículo 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a celebrar con Provincia Leasing S.A. contrato
---------------- de leasing con opción a compra en forma de contratación directa de conformidad a
lo establecido por el Artículo 156º inc. 2, 273 y concordantes de la Ley Orgánica de las
Municipalidades. Suscribir los convenios, contratos y demás documentación que resulten
necesarios a fin de posibilitar la concreción de la presente operación en los términos que
acuerden las partes. -
Artículo 2°: La operación de Leasing que se autoriza a contraer estará sujeta a las siguientes
---------------- condiciones financieras:
Destino: Adquisición de Camión 0km, eje neumático y un recolector compactador de residuos,
nuevo.
Tipo de operación: Leasing financiero.
Periodicidad de los cánones: Mensual.
Plazo: 36 meses.
Forma de pago: La Municipalidad autoriza el débito de los servicios de su cuenta corriente.
Garantía: La Municipalidad cede en garantía a Provincia Leasing S.A. los recursos municipales
que le corresponden por el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos (Ley N° 10559 y
modificatorias) o por el que en el futuro lo reemplace, aun antes de su acreditación en cuenta
corriente. Consecuentemente la Municipalidad renuncia en forma expresa a toda reserva,
condición o facultad que le permitiere rescindir unilateralmente los convenios de recaudación
aludidos, mientras subsistan obligaciones a su cargo pendientes de cumplimiento ante Provincia
Leasing S.A. por el contrato de leasing que se suscriba entre las partes.-
Artículo 3°: Los bienes adquiridos en leasing serán destinados a la prestación de los servicios
---------------- públicos.
Artículo 4°: La obligación de pago que asume la Municipalidad será garantizada mediante la
autorización del débito de los servicios correspondientes de su cuenta corriente y, en caso de
insuficiencia de fondos, autorizará irrevocablemente a Provincia Leasing S.A. a cancelar estos
con los fondos provenientes del régimen de coparticipación impositiva o aquel que lo reemplace,
aun antes de su acreditación en su cuenta corriente. Luego de que se efectivicen las
retenciones previstas por ley, se autoriza a Provincia Leasing S.A. a retener las sumas
necesarias para cubrir el pago de las amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se
origine con motivo de cubrir el presente leasing.-
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
“1945 - 2025 - 80° Aniversario de la Autonomía
Municipal Rosaleña”
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel: 02932-429511 - Email: [email protected]
Artículo 5°: El importe del canon mensual y demás erogaciones que demande la contratación
----------------- enunciada en el Artículo 1°, se imputará al presupuesto de gastos jurisdicción
1110117000 Secretaría de Obras y Servicios, 3.2.2.0 Alquiler de maquinaria, equipo y medios
de transporte en el presupuesto en vigencia y en futuros presupuestos.-
Artículo 6°: En caso de que la entidad financiera Provincia Leasing S.A. otorgue una ampliación
del cupo de financiamiento originalmente aprobado, el Departamento Ejecutivo queda facultado
para incorporar otros bienes que resulten necesarios según el artículo 3° de la presente,
garantizando una administración eficiente y transparente de los recursos. El Departamento
Ejecutivo informará al Honorable Concejo Deliberante sobre la ampliación del leasing y la
adquisición de los bienes incorporados en virtud del presente artículo.-
Artículo 7°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE
CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE
MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.