Ordenanza 4389 — O1132024 – Paradas de taxi
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
“1945 - 2025 - 80° Aniversario de la Autonomía
Municipal Rosaleña”
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel: 02932-429511 - Email: [email protected]
Punta Alta, 17 de febrero de 2.025
Corresponde Expte. O-113-2024
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A 4389
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 38º de la Ordenanza 3592 el cual quedara redactado de la siguiente
------------------- forma:
“Artículo 38º: Establézcase paradas de taxi habilitadas, las siguientes:
Nº 1.- Calle Bernardo de Irigoyen, entre calle Brown y calle Murature, sobre la vereda adyacente a la
Plaza General Belgrano. -
Nº 2.- Calle Roca, entre calle Bdo. De Irigoyen y calle Rivadavia, sobre la vereda de los números
impares siendo la extensión de la misma la correspondiente a tres (3) vehículos.
Nº 3.- Calle Colon, entre calle Rivadavia y Calle Irigoyen, sobre la vereda de los números impares.
Nº 4.- Calle L.N. Alem, entre calle Saavedra y calle Dorrego, sobre la vereda de los números
impares.
Nº 5.- Calle Avellaneda, entre calle Mitre y calle Ingeniero Luiggi, en el predio de la terminal
Municipal de Ómnibus “Dr. Ramón Ayala Torales”.
Nº 6.- Acceso al Puesto Nº 1 de ingreso a la Base Naval Puerto Belgrano”.
Artículo 2º: Modifíquese el Artículo 39° de la Ordenanza 3592 el cual quedará redactado de la siguiente
------------------- forma:
“Artículo 39º: Las paradas deberán contar podrán contar con una base operativa correspondiente,
cuyas características edilicias, de uso y funcionamiento serán determinadas por la reglamentación
de acuerdo a la demanda del servicio y necesidades expuestas por los interesados”.
Artículo 3º: Facúltese al Departamento Ejecutivo, en función de lo dispuesto por la Ordenanza 3732, a
------------------ considerar el establecimiento de dos sectores de estacionamiento exclusivo para personas
con discapacidad psicomotriz y/o sensorial en el sector de estacionamiento liberado de acuerdo a la
redacción dispuesta por el Artículo 1° de la presente. -
Artículo 4°: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de realizar las adecuaciones
--------------------- presupuestarias que resulten necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto
en la presente.-
Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE
CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES
DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.