Ordenanza 4308 — D982024 – Modifica Artículo 2 Ordenanza Fiscal
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
“1984–2024 40º Aniversario de la creación de
la Delegación Municipal de Pehuen-Có”
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel: 02932-429511 - Email: [email protected]
Punta Alta, 16 de mayo de 2.024
Corresp. Expte. D-98-2024
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES
SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A 4308
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza 4270, el que quedará redactado de la
---------------- siguiente manera:
“Artículo 2º: Los tributos Municipales, se expresarán en módulos. En adelante, los
citados módulos, se identifican con la abreviatura “MOD”. Al fin expuesto:
a) Adoptase a los efectos de las obligaciones tributarias establecidas en la
presente Ordenanza Fiscal e Impositiva como valor del MÓDULO la suma de ($
0,40)
b) La transformación de las obligaciones fiscales expresadas en Módulos a su
equivalente en Pesos se realizará multiplicando la obligación fiscal por el valor
del Módulo expresado en Pesos.
c) Las eventuales diferencias por errores de cálculos, originados en la
transformación (tanto en la operación matemática como en los valores
asignados a las variables) constituirán saldo a favor o, en su caso, deudas del
contribuyente y/o responsable.
d) La Municipalidad está obligada a considerar a los fines previstos en esta
Ordenanza, obligación pagada a) “al vencimiento” o b) “en término”; solo
cuando las diferencias a su favor sean ingresadas hasta el día del vencimiento
(caso a) o hasta el último día hábil del mes siguiente al de la fecha de
vencimiento (caso b); respectivamente. Las Tasas, Derechos y Otros Tributos
(módulos y mínimos exceptuando la escala de facturación para el cálculo de la
sobre tasa por inspección de seguridad e higiene) serán actualizados en forma
bimestral, conforme al IPC general (índice de precios del consumidor) del
CREEBA (Centro Regional de Estudios Económicos de Bahía Blanca Argentina)
mediante informe publicados correspondiente al bimestre anterior al mes de
aplicación de la actualización”.-
Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA AD REFERENDUM DE LA PROXIMA SESIÓN POR EL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO
ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS DIECISEIS DIAS DEL
MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.