Ordenanza 4283 — O92024 – Leyenda Aniversario Delegacion Pehuen Co
Ver el PDF oficial en hcdrosales.gob.ar
Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1984–2024 Cuadragésimo Aniversario de la creación de la Delegación Municipal de la localidad de Pehuen-Có” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: [email protected] Punta Alta, 22 de febrero de 2.024 Corresp. Expte. O-9-2024 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE O R D E N A N Z A 4283
- Artículo 1º:
- Dispóngase que durante el año 2024, toda la documentación oficial de la ------------------ administración pública municipal, centralizada y descentralizada, deberá llevar la leyenda “1984 – 2024 –Cuadragésimo Aniversario de la Creación de la Delegación Municipal de la localidad de Pehuen Co”.-
- Artículo 2º:
- Al momento de la sanción de la presente, dispóngase agregar como anexo ------------------ documental los vistos y considerandos que fundan este proyecto, junto con copia de la Ordenanza Municipal 1281.-
- Artículo 3:
- Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.- SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO. Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1984–2024 Cuadragésimo Aniversario de la creación de la Delegación Municipal de la localidad de Pehuen-Có” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: [email protected] ANEXO I VISTO: El 40º aniversario de la creación de la Delegación Municipal en la localidad balnearia de Pehuén-Co, y; CONSIDERANDO: Que la Ordenanza 1281 – y su Decreto Reglamentario 103/84- establecieron en dicha creación la figura del Delegado en la localidad, en pos de la descentralización y reconocimiento de la importancia de Pehuén- Có en el Distrito. Que en el marco del Aniversario establecido la presente promueve que dicho aniversario, sea recordado en toda la documentación pública oficial del Municipio atento al valor histórico, productivo y turístico del mismo. Que la creación de la Delegación Pehuén- Có es además una de las primeras medidas de importancia institucional llevadas adelante en los tiempos iniciales de la recuperación democrática en Coronel Rosales durante la gestión del Intendente Municipal Gustavo Montero. Que implica un hecho histórico la distinción de Pehuén-Co como localidad con una delegación activa en su territorio, como fomento de un acercamiento del Estado municipal a los vecinos de la villa balnearia, otorgándoles amplia autonomía y reconocimiento. Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia “1984–2024 Cuadragésimo Aniversario de la creación de la Delegación Municipal de la localidad de Pehuen-Có” Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel: 02932-429511 - Email: [email protected] ANEXO II EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE ORDENANZA 1281¡Error! Marcador no definido. Artículo 1º: Créase la Delegación Municipal en la localidad del Balneario de Pehuen-Có como órgano dependiente y delegado del Departamento Ejecutivo del Municipio de Coronel Rosales a dicha localidad. Artículo 2º: La Delegación tendrá como finalidad el cumplimiento de todas las funciones que el Departamento Ejecutivo por Decreto Reglamentario ordene cumplir en los mismos. Artículo 3º: A los efectos de designar a los responsables de la Delegación creada en el Artículo 1º y del personal Municipal designado a la misma, créase el cargo de Delegado Municipal de Pehuen-Có, personal de planta permanente sin estabilidad siendo facultad del Departamento Ejecutivo su nombramiento y remoción.
- Artículo 4º:
- Fíjase al cargo de Delegado Municipal de Pehuen-Có una remuneración de Pesos Argentinos siete mil trescientos ($ a 7.300,00) mensuales.
- Artículo 5º:
- Facúltase al Departamento Ejecutivo a impulsar el gasto que demande el cumpli- miento de la presente Ordenanza la siguiente Partida: Carácter I - Administración Central - Finalidad I-Administración General Sueldos Individuales-Personal Superior, y a realizar todas las modificaciones presupuestarias pertinentes.-
- Artículo 6º:
- Publíquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.- SANCIONADA EL 29 DE MARZO DE 1984. PROMULGADA POR DECRETO Nº 103/84.