Ordenanza 4028 — O-27- Autorización al D.E eximir anticipo bimestral Tasa Inspección

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Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia 2021 – Año de la Salud y del Personal Sanitario Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel/Fax: 02932-429510/11/13/74 - Email: [email protected] Punta Alta, 31 de mayo de 2.021 Corresp. Expte. O-27-2021 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE O R D E N A N Z A 4028

Artículo 1º:
Autorícese al Departamento Ejecutivo municipal a eximir el pago del anticipo bimestral en concepto de Tasa por inspección de seguridad e higiene que se encuentra prevista por el Art.14 - capítulo IV - de la ordenanza municipal N° 3990 a los contribuyentes comprendidos en rubros que siendo esenciales o no, y como consecuencia de las medidas restrictivas dispuestas por el Gobierno Nacional y/o Provincial en relación con el virus Covid- 19, no hubiesen podido desempeñar su actividad.
Artículo 2°:
Las eximiciones dispuestas por el Departamento Ejecutivo en el marco de la autorización conferida por la presente deberán estar debidamente fundadas y se aplicarán a los anticipos cuyo vencimiento opere entre los meses de mayo hasta el 31 de diciembre de 2021.
Artículo 3º:
Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese. SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. GFL.