Ordenanza 3744 — BC8 – Buzones antinarco

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Texto

Coronel de Marina Leonardo Rosales “2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria” Presidencia Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel/Fax: 02932-429510/11/13/74 - Email: [email protected] Punta Alta, 18 de Junio de 2.018 Corresp. Exptes. BC-8/18 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE O R D E N A N Z A 3744

Artículo 1º:
Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a la instalación de "Buzones Anti ---------------- Narco" en delegaciones municipales, salas médicas, y reparticiones municipales en general; en los cuales se podrá depositar por escrito el anoticiamiento de hechos verosímiles que presuman la posible comercialización de drogas ilícitas en sitios en el Distrito de Coronel Rosales.-
Artículo 2º:
Será facultad del Departamento Ejecutivo el evaluar la cantidad de buzones a ----------------- instalarse, el plazo de tiempo por el cual cada buzón será emplazado, los sitios donde los mismos se dispondrán y la posibilidad de celebrar convenios con instituciones a los efectos de colocar tales dispositivos en otras locaciones físicas ajenas al ámbito municipal.-
Artículo 3º:
Cada buzón contará con la correspondiente leyenda que lo identifique: "Buzón ----------------- Anti Narco", rezando además: "Receptor de denuncias anónimas sobre venta de drogas". Deberá constar de una boca para el ingreso de sobres con denuncias y una única compuerta de extracción de los mismos con su respectiva cerradura. El Director de Seguridad Municipal será el único poseedor de las llaves de los buzones emplazados.-
Artículo 4º:
La compuerta de cada buzón deberá estar sellada con una franja de seguridad ---------------- adhesiva donde consten, al menos, las firmas de los responsables de cada llave.-
Artículo 5º:
Para realizar las denuncias anónimas, los interesados deberán completar el ----------------- formulario o escribir en papel: el nombre del denunciado, la dirección exacta o referencia para llegar al lugar sospechado de comercialización de drogas ilícitas, agregando una breve descripción del hecho presenciado o conocido, y los horarios en que se advierte el presunto accionar delictivo. Luego se debe colocar la denuncia en sobre cerrado y depositarla en alguno de los buzones destinados a tal fin. El sobre utilizado podrá ser el provisto por el Municipio o cualquier otro.-
Artículo 6º:
El Director de Seguridad del Distrito invitará a un representante de la Ayudantía ----------------- Fiscal del Distrito o en su defecto a un representante de la Fiscalía de Estupefacientes y a dos integrantes de la Comisión de Seguridad y Defensa Civil del Honorable Concejo Deliberante – designados por sus Concejales integrantes- al momento de realizar la apertura periódica de los buzones. Se procederá a la rotura de la faja de protección y a la apertura del buzón ante la presencia de los tenedores de las llaves, labrándose un acta donde constará: 1- Personas presentes; 2- Número de sobres extraídos; 3- Constancia de que el buzón de denuncias quedó vacío; 4- Personas responsables de realizar la denuncia; Coronel de Marina Leonardo Rosales “2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria” Presidencia Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel/Fax: 02932-429510/11/13/74 - Email: [email protected] 5- Hora de cierre del buzón; Cerrado el buzón de denuncias se fajará la compuerta de extracción con firma de los poseedores de las llaves y de los presentes que quieran hacerlo.-
Artículo 7º:
Una vez abiertos los buzones, se procederá a analizar el contenido de los ---------------- sobres, la verosimilitud de los hechos y de corresponder la realización de la denuncia pertinente.-
Artículo 8º:
El plazo de apertura de cada buzón será dispuesto por el Director de Seguridad ---------------- Municipal, no pudiendo ser mayor a un periodo de 30 días corridos a su última revisión o emplazamiento.-
Artículo 9º:
Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las acciones ---------------- necesarias a los fines de que la comunidad esté informada sobre esta herramienta y sobre cómo se deben efectuar las denuncias.-
Artículo 10º:
Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer e instrumentar las ----------------- normas reglamentarias que se consideren necesarias, a los fines de la aplicación de la presente Ordenanza dentro de un plazo de NOVENTA días corridos desde su Promulgación.-
Artículo 11º:
(DEROGADO POR ORDENANZA 4117)
Artículo 12º:
Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese. SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

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