Ordenanza 3411
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Texto
Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel/Fax: 02932-422002 (Int. 113/174) - Email: [email protected] Donar órganos, donar sangre, es donar vida. “Las Islas Malvinas, Sándwich y Georgias Del Sur Son Argentinas” Punta Alta, 15 de Abril de 2.013 Corresp. Expte. PRR-78/12 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE: ORDENANZA 3411
- Artículo 1º:
- Establécese en el partido de Coronel Rosales la obligación de disponer la colocación y exhibición de cartelería en la cual deberán indicarse en forma clara y precisa los lugares y teléfonos en los que pueden hacerse consultas y/o denuncias vinculadas a la Violencia Familiar y Maltrato y Abuso Infantil.
- Artículo 2º:
- La obligación establecida en el artículo anterior alcanza a los siguientes estamentos del gobierno, rubros y actividades: 1.- Unidades del servicio de transporte público de pasajeros en sus diversas variantes cuya autoridad de aplicación y contralor es la Municipalidad de Coronel Rosales. 2.- Establecimientos, organismos y/o demás oficinas y dependencias públicas dependientes del estado Nacional, Provincial y Municipal 3.- Establecimientos educativos de todos los niveles del distrito de Coronel Rosales.
- Artículo 3º:
- El objeto de la presente es poner a disposición de niñas, niños y jóvenes de nuestro distrito, que sean sometidos a abusos o maltratos, un canal de información acerca de los lugares y teléfonos que brindan privacidad y, a la vez, posibilitan en forma rápida y eficaz dar a conocer el problema y, consecuentemente, obtener una respuesta por parte de personal idóneo.
- Artículo 4 º:
- La cartelería a la que alude la presente deberá contener teléfonos y direcciones útiles de los siguientes órganos: 1.- Secretaria de Salud y Acción Social 2.-Servicio Local de Promoción y Protección integral de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente 3.- Comisaría de la Mujer 4.- Fiscalía 5.- Centro de Atención a la Víctima 6.- Defensoría 7.- Tribunal de Familia 8.- Demás organismos administrativos y/o judiciales creados y/o a implementarse a futuro
- Artículo 5º:
- Las especificaciones técnicas en lo referente al formato, diagramación y demás cuestiones vinculadas a los fines de implementar la información que se establece en la presente Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 Tel/Fax: 02932-422002 (Int. 113/174) - Email: [email protected] Donar órganos, donar sangre, es donar vida. “Las Islas Malvinas, Sándwich y Georgias Del Sur Son Argentinas” serán suministrados por la Municipalidad de Coronel Rosales a través de la Autoridad de Aplicación de esta norma.
- Artículo 6º:
- Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a desplegar las acciones que resulten menester, a efectos de realizar las campañas de difusión y concientización necesarias a los efectos de dar cumplimiento al objeto de la presente, invitando a instituciones intermedias, entidades de distinta naturaleza y comercios y empresas de la ciudad a adherir a estar norma y actuar conforme lo establece la misma
- Artículo 7º:
- La Secretaría de Salud y Acción Social del municipio será la autoridad de aplicación de la presente quien podrá articular con el resto de las áreas municipales las acciones necesarias a los fines del cumplimiento de esta ordenanza.
- Artículo 8º:
- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a reglamentar la presente, en el plazo de 30 días corridos a contar desde su promulgación, disponiendo en forma detallada los distintos aspectos relacionados con la misma que permitan su más efectiva aplicación.
- Artículo 9º:
- Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a los fines de la implementación de la misma.
- Artículo 10º:
- Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese. SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE. Gfl.