Ordenanza 3325
Sin título descriptivo en el archivo de origen.
Ver el PDF oficial en hcdrosales.gob.ar
Texto
“Las Islas Malvinas, Sándwich y Georgias del Sur Son Argentinas” Donar órganos, donar sangre, es donar vida HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE CORONEL MARINA LEONARDO ROSALES PRESIDENCIA Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales – Ciudad de Punta Alta Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109 – Tel/Fax: 02932-422002- Email: [email protected] Punta Alta, Noviembre 25 de 2.011 Corresp. Expte. D-578/11 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE: O R D E N A N Z A 3325
- Artículo 1º:
- Adhiérase al Régimen previsto por las leyes 14050, 14051 y Decreto Nº 2591/09 de la Provincia de Buenos Aires.
- Artículo 2º:
- Ratificase la firma del Convenio Marco de Colaboración entre la Subsecretaría de Atención a las Adicciones y la Municipalidad de Coronel Rosales, mediante el que se acuerda cooperación institucional y la prestación de asistencia técnica en el marco del régimen previsto por las Leyes 14050 y 14051 y el Decreto Nº 2591/09, que se dispone la creación del Registro de Actividades Nocturnas (R.A.N.) implementando a tales fines el procedimiento mediante el cual esta Municipalidad entregue el certificado de inscripción habilitante a los comercios enunciados en el artículo 1º de la Ley 14050, cuyo texto se adjunta como Anexo “A”, formando parte integrante de la presente.
- Artículo 3º:
- El Departamento Ejecutivo arbitrará los medios necesarios a efectos de dar cumplimiento.
- Artículo 4º:
- Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese. SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.